Política de NHYS contra el acoso y el hostigamiento

Descripción general

New Haven Youth Soccer prohíbe el acoso, la intimidación y el hostigamiento. Un entorno seguro y respetuoso es fundamental para la seguridad, la formación y el disfrute de todos los miembros de la liga. El acoso, la intimidación y el hostigamiento, al igual que otras conductas disruptivas, interfieren con la capacidad de una persona para participar plenamente en las actividades de la liga y ponen en riesgo nuestra capacidad de ofrecer un entorno seguro. Como las personas aprenden con el ejemplo, se debe reconocer a los entrenadores, administradores y demás voluntarios que dan un buen ejemplo, tratan a los demás con cortesía y respeto y no toleran el acoso, la intimidación ni el hostigamiento.

Toda persona que participe en una actividad de NHYS o la observe debe aceptar cumplir las políticas de tolerancia cero contra el acoso, la intimidación y el hostigamiento para poder asistir a cualquier evento de NHYS, ya sea de local o de visitante.


Acoso e intimidación

El acoso y la intimidación son cualquier gesto o acto escrito, verbal o físico que se origine o tenga lugar en relación con una actividad o evento patrocinado por la liga, y que:

  1. Está motivado por cualquier característica real o percibida, como la raza, el color, la religión, la ascendencia, el origen nacional, la identidad y expresión de género o una discapacidad mental, física o sensorial; o
  2. Por cualquier otra característica distintiva; y
  3. Cualquier persona razonable debería saber, dadas las circunstancias, que el acto o los actos tendrán como consecuencia perjudicar a una persona, dañar sus bienes o hacer que tema razonablemente por su integridad física o por daños a sus bienes. O
  4. Tiene el efecto de insultar o denigrar a una persona o grupo de personas de tal manera que cause una alteración considerable o interfiera considerablemente con el funcionamiento ordenado de la liga.


Acoso

  • El uso reiterado por parte de una o varias personas de comunicaciones escritas, orales o electrónicas, como el ciberacoso dirigido contra otra persona con la intención de ridiculizarla, acosarla, humillarla o intimidarla durante o en relación con cualquier actividad de la liga.
  • Acto o gesto físico dirigido repetidamente por una o más personas contra otra persona relacionada con la liga, que:
  • (i) cause daño físico o emocional a dicha persona o dañe sus bienes,
  • (ii) hace que dicha persona tema razonablemente sufrir daños o que sus bienes resulten dañados
  • (iii) crea un ambiente hostil durante las actividades de la liga
  • (iv) vulnera los derechos de dicha persona, o
  • (v) altera sustancialmente el funcionamiento ordenado de la liga.



  • Además de esto, el acoso incluye, entre otras cosas, «una comunicación escrita, oral o electrónica, o un acto o gesto físico basado en cualquier característica diferenciadora real o percibida, como la raza, el color, la religión, la ascendencia, el país de origen, el género, la orientación sexual, la identidad o expresión de género, la situación socioeconómica, la apariencia física o una discapacidad mental, física, del desarrollo o sensorial, o por asociación con una persona o grupo que tenga o se perciba que tiene una o más de dichas características.


Junta Directiva de New Haven Youth Soccer

  1. Permite denunciar de forma anónima el acoso por parte de jugadores y presentar denuncias por escrito por parte de adultos, padres o tutores;
  2. Exige que los entrenadores y sus asistentes informen a los responsables de la liga sobre los actos de hostigamiento que presencien y los casos que les comuniquen los jugadores;
  3. Exige que los responsables de la liga investiguen los informes escritos de los padres y revisen los informes anónimos de los jugadores;
  4. Exige que los responsables de la liga suspendan por un mínimo de un partido a todos los jugadores involucrados en un acto de acoso confirmado, en caso de una primera infracción confirmada;
  5. Exige a los funcionarios de la liga suspender, como mínimo, por el resto de la temporada actual a todos los jugadores involucrados en varios actos de acoso escolar;
  6. Exige que se notifique a los padres o tutores de todos los jugadores involucrados en un acto de acoso comprobado. La notificación debe describir la respuesta de la Junta Directiva y las posibles consecuencias de nuevos actos de acoso.